Se publicó en el diario oficial las Resoluciones que ordena a los titulares de derechos de aprovechamiento de aguas subterráneas a instalar y mantener sistemas de medición y de transmisión de extracciones efectivas, cuyos puntos de captación se encuentran ubicados en:
- Los distintos sectores hidrogeológicos que se indican de la cuenca del río Copiapó, Región de Atacama. Resolución 804 EXENTA
- En el sector hidrológico de aprovechamiento común laguna de aculeo, de la R.M de Santiago. Resolución 1853 EXENTA
- Cuyas obras de captación la suma de los caudales de todos los derechos que se ejercen en ella sea igual o mayor a 5 l/s, ubicados en el sector hidrogeológico de aprovechamiento común del valle de azapa de laRegión de Arica y Parinacota. Resolución 669 EXENTA